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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0264/2013

    Fecha: 08-Mar-2013

    II.6.

    II.6. A través del Auto de Vista 70/2012 de 21 de septiembre, consta que las Vocales ahora demandadas, declararon procedente el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público y revocaron la resolución que concedió la cesación a la detención preventiva a favor del imputado Armando Condori Flores, por considerar que aún permanecían subsistentes los riesgos procesales previstos en los arts. 234.1 y 235. 1, 2, 3, 4 y 5 del CPP (fs. 43 a 45).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegando
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
    • “
    • a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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