Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2013
Fecha: 18-Mar-2013
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante, alega la vulneración de los derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y al debido proceso, citando al efecto los arts. 48. I y II, 49.III y 116 de la Constitución Política del Estado (CPE) y art. 10.III, IV y V del Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006 (DS), modificado e incorporado respectivamente por el DS 0495.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. Derecho al trabajo
- III.2.1. Jurisprudencia
- III.3. Reincorporación dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo dependientes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
- III.3.1.Jurisprudencia
- III.4.
- III.4.1. En relación al derecho al trabajo y a la estabilidad laboral
- CONFIRMAR