SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2013

Fecha: 18-Mar-2013

II.3.

II.3.       El accionante, mediante nota de 16 de mayo de 2012, solicitó a la Gerencia de Vivienda de COSSMIL, se deje sin efecto la prohibición de pago de su capital de cesantía, y se le certifique la existencia o no de obligación que hubiera contraído con la institución (fs. 1), solicitud que fue reiterada con notas del 25 y 31 de igual mes y año (fs. 2 y 3).