SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2013
Fecha: 18-Mar-2013
denegó
El Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 001/2012 de 10 de noviembre, cursante de fs. 15 a 16, por la que denegó la tutela impetrada en base a los siguientes fundamentos: a) Las autoridades demandadas habiendo sido citadas con la presente acción tutelar, no presentaron informe y tampoco remitieron el cuaderno procesal de apelación, para poder valorar y determinar la concesión o denegación de la misma; b) No se tienen elementos referentes a la audiencia resuelta por los Vocales, por lo que el accionante no acreditó lo fundamentado en audiencia, respecto a la intervención del Ministerio Público y lo desarrollado en la audiencia de apelación de la cesación a la detención preventiva; y, c) Al no existir elementos objetivos, no puede valorar la procedencia de los fundamentos expuestos, por lo que se torna inviable conceder la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Normas comunes para la apelación de medidas cautelares previstas en el Código de Procedimiento Penal
- Fragmento 11
- III.2. La tensión entre tutela judicial efectiva y debido proceso en la apelación de medidas cautelares. Criterios y parámetros de interpretación del art. 251 del CPP
- 1)
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR