SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0356/2013
Fecha: 20-Mar-2013
En el caso de Contrabando, el Acta de Intervención y la Resolución Determinativa serán notificadas bajo este medio
Refiriéndose a la notificación con el acta de intervención o resoluciones determinativas en los casos de contrabando contravencional en sede administrativa, el art. 90 del referido Código señala: “Los actos administrativos que no requieran notificación personal serán notificados en Secretaría de la Administración Tributaria, para cuyo fin deberá asistir ante la instancia administrativa que sustancia el trámite, todos los miércoles de cada semana, para notificarse con todas las actuaciones que se hubieran producido. La diligencia de notificación se hará constar en el expediente correspondiente. La inconcurrencia del interesado no impedirá que se practique la diligencia de notificación”. Y continúa: “En el caso de Contrabando, el Acta de Intervención y la Resolución Determinativa serán notificadas bajo este medio” (las negrillas son nuestras).
Al efecto, cabe señalar que la SC 0468/2012 de 4 de julio, establece que “…si bien el art. 84 del cuerpo legal en estudio, reconoce que las resoluciones determinativas -siempre y cuando superen la cuantía establecida en reglamentación especial- así como los actos que impongan sanciones deben notificarse personalmente al sujeto pasivo (tercero responsable o su representante legal), de manera específica y clara, el art. 90 del CTB dispone que tratándose de casos de contrabando, el acta de intervención y la resolución determinativa serán notificadas en Secretaría de la Administración Tributaria, para lo cual impone la obligación del sujeto pasivo de asistir todos los días miércoles de cada semana para averiguar el estado de su asunto para que, en caso de estar disconforme con la decisión, plantear los recursos o vías de impugnación reconocidos en materia administrativa tributaria”.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- en Secretaría.
- En el caso de Contrabando, el Acta de Intervención y la Resolución Determinativa serán notificadas bajo este medio
- III.4. Del análisis de caso concreto
- CONFIRMAR