Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0356/2013
Fecha: 20-Mar-2013
i)
Claudia Betina Cors Rejas, por medio de su abogado y de acuerdo con el informe cursante de fs. 109 a 111, en audiencia indicó: i) El accionante, el 31 de mayo de 2012, presentó ante la AIT de Chuquisaca, un recurso de alzada contra la Resolución Sancionatoria que le fue notificada el 1 de febrero de ese año, por lo que en sujeción al art. 198.V del CTB, se rechazó el recurso interpuesto por haber sido presentado fuera del plazo previsto por el art. 143; y, ii) Posteriormente, el 14 de junio de 2012, el accionante presentó recurso jerárquico contra el referido Auto de rechazo, el mismo que procede únicamente contra una resolución que resuelva un recurso de alzada, por lo que se rechazó.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- en Secretaría.
- En el caso de Contrabando, el Acta de Intervención y la Resolución Determinativa serán notificadas bajo este medio
- III.4. Del análisis de caso concreto
- CONFIRMAR