SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2013

Fecha: 25-Mar-2013

el debido proceso, en lo que se refiere al procesamiento indebido

En ese entendido, la Constitución Política del Estado “es más amplia en cuanto a su ámbito de protección, pues se extiende al derecho a la vida, la libertad física o personal, el debido proceso, en lo que se refiere al procesamiento indebido y la libertad de locomoción, esta última dada la íntima relación que existe con el derecho a la libertad física, según la interpretación extensiva realizada por la SC 0023/2010-R de 13 de abril” (SC 1211/2011-R de 13 de septiembre). (las negrillas son nuestras).

Es una garantía constitucional, que se constituye en un instrumento de defensa o de protección, contra las lesiones al derecho a la libertad; además, de ejecutarse a través de un procedimiento constitucional sumarísimo, por lo que el constituyente otorgó a cualquier persona este medio de defensa directo, sencillo, eficaz y oportuno, para restituir los derechos a la libertad física o personal y de locomoción, el derecho a la vida y el debido proceso, en cuanto a procesamiento indebido se refiere que hubieren sido vulnerados.