Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2013
Fecha: 25-Mar-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado de la accionante, en audiencia ratificaron in extenso los términos expuestos en su memorial de interposición de la acción y ampliando la misma, manifestó que el fallo que dispuso su traslado, se funda en que supuestamente su cliente tenía denuncias o quejas de otras internas; sin embargo, existe contradicción en la misma por cuanto, confirma y dice claramente que Damiana Aurelia Vallejos Kuno, no tiene ninguna queja o denuncia ante seguridad penitenciaria.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad: finalidad y alcances. Jurisprudencia reiterada
- el restablecimiento de las formalidades legales
- el debido proceso, en lo que se refiere al procesamiento indebido
- III.2.La acción de libertad correctiva respecto de los privados de libertad
- III.3.Lugar de cumplimiento de la detención preventiva y traslado de recinto penitenciario
- excepcionalmente, podrá disponer el traslado inmediato de una privada o privado de libertad a otro recinto penitenciario,
- en caso de disponer el traslado de un privado de libertad a otro recinto
- III.4.Análisis del caso concreto
- III.5. Otras consideraciones
- 2º CONCEDER
- 4º Llamar la atención