Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2013
Fecha: 27-Mar-2013
II.1.
II.1. El 26 de enero de 2012, José Víctor Eyzaguirre Yañez, formuló denuncia ante el Fiscal de Distrito -ahora Departamental- del Beni contra Juan Paz Villarroel Rodríguez y Juan Pablo Villarroel Quevedo, por los delitos de falsedad material e ideológica, habiendo asignado el caso para su investigación al Fiscal de Materia, Rubén Andrade Muñoz, mediante decreto de 31 del mismo mes y año; el representante del Ministerio Público informó del inicio de la investigación al Juez Segundo de Instrucción en lo Penal el 1 de febrero de 2012 (fs. 43 a 45 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Principio de subsidiariedad, interposición de la acción de amparo constitucional
- y b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- III.3. Con relación al caso concreto
- conceder en parte
- REVOCAR