Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0118/2013-CA
Fecha: 04-Abr-2013
II.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión
De la revisión del recurso y la documentación adjunta, la Comisión de Admisión verificó que los recurrentes observaron la competencia de las autoridades que emitieron los memorándums 813/12-P y 832/12-P de 24 de julio de 2012, de cesación de funciones y los Acuerdos 15/2012 de 27 de marzo, emitido por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y 008/2012 de 13 de abril, dictado por el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- 1.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Marco normativo constitucional y legal del recurso directo de nulidad
- II.2. Análisis del cumplimiento de los requisitos de admisión
- deben cuestionar tal falencia por las vías que los respectivos procedimientos les otorgan, y sólo cuando no exista ninguna, podrán ocurrir ante la jurisdicción constitucional,
- acudieron a ningún proceso de impugnación
- POR NO PRESENTADO