En revisión la Resolución 324/2012 de 19 de diciembre, cursante de fs. 86 a 88 vta., pronunciada dentro de la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 324/2012 de 19 de diciembre, cursante de fs. 86 a 88 vta., pronunciada dentro de la

Fecha: 19-Abr-2013

, impone al tribunal o juez de alzada el deber de su rectificación, asegurándose la estricta correspondencia entre la acusación y el fallo,

Una resolución incongruente es arbitraria, por tanto su impugnación hace viable su revocación; mejor dicho, impone al tribunal o juez de alzada el deber de su rectificación, asegurándose la estricta correspondencia entre la acusación y el fallo, garantizando de esta manera la sustanciación de un proceso justo”.