En revisión la Resolución 324/2012 de 19 de diciembre, cursante de fs. 86 a 88 vta., pronunciada dentro de la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 324/2012 de 19 de diciembre, cursante de fs. 86 a 88 vta., pronunciada dentro de la

Fecha: 19-Abr-2013

i)

Moisés Rosendo Torres Chivé, William Marcelo Solís Valencia y Litsy Brenda Beltrán Peña, no presentaron informe escrito; sin embargo, en audiencia por intermedio de su apoderado manifestaron que: i) Se inició proceso a la ahora accionante en el plazo previsto por ley, el informe legal 80/12, se refiera personal con contrato y no al personal con contrato a plazo fijo, aclararon que a consecuencia de la renuncia de la anterior autoridad sumariante, fue que se designó al actual, el 23 de febrero de 2012; y, ii) El Tribunal Constitucional Plurinacional, no puede ingresar a valorar prueba, además que la misma fue presentada fuera del plazo establecido por ley, como establece el DS 26237 en su art. “27 inc. b)”, siendo falso lo aseverado por la accionante, ya que ella renunció al periodo probatorio consintiendo de esta manera los actos y el proceso administrativo.