confirmó
La SCP 0223/2013-L de 8 de abril, confirmó la Resolución de 17 de junio de 2011, cursante de fs. 86 a 92 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial ahora Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías que concedió la tutela, con los fundamentos anteriormente descritos.
- I.1. Problema jurídico.
- I.2. Los fundamentos de la SCP 0223/2013-L de 8 de abril
- confirmó
- II.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.2. Del derecho al trabajo
- II.3. Entendimiento jurisprudencial respecto del DS 28699 de 1 de mayo de 2006 y su ulterior modificación por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010
- concedió
- a)
- a prevenir y resolver los conflictos individuales y colectivos emergentes de las relaciones laborales; asimismo; el art. 11.II del DS 28699, determina: “Mediante Decreto Supremo, el Poder Ejecutivo reglamentará la forma y alcances de la Estabilidad Laboral”
- II.5.2.
- REVOCAR
