Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2013-L
Fecha: 02-Abr-2013
a)
Solicitaron que se conceda la tutela y como efecto de ello se disponga: a) La desocupación inmediata del terreno de propiedad de Juan Landivar Bowles; b) “En caso de desobediencia a la desocupación ordenada, se libre desapoderamiento y/o lanzamiento” (sic) a ser ejecutado por el Comandante Departamental de la Policía Boliviana, así como la remisión de antecedentes al Ministerio Público a los fines de ley; y, c) Pago y resarcimiento de daños civiles y morales ocasionados.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- III.3.
- REVOCAR
- 2°