SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2013-L
Fecha: 02-Abr-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los accionantes por su representado, ratificaron in extenso el contenido de la acción de amparo constitucional; y, ampliando la misma señalaron, que los avasalladores lanzaron petardos contra la integridad de los efectivos policiales que se constituyeron el 22 de febrero de 2011 en el “B/Perital sobre la vía feria 8vo anillo lugar donde ocurrieron los hechos denunciados” (sic), obligando de esta forma al policía asignado al caso, como al Director de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen (FELCC) de la Villa Primero de Mayo a salir escapando del lugar, además de amenazar de muerte a quienes se encontraban en el lugar, evidenciando de ésa forma los hechos que se produjeron en contra de su propiedad, cuyo derecho propietario fue debidamente registrado en Derechos Reales (DD.RR.), con impuestos pagados al día, encontrándose el Estado en la obligación de proteger y hacer respetar su derecho a la propiedad privada
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- III.3.
- REVOCAR
- 2°