SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2013-L

Fecha: 02-Abr-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue víctima del delito de estafa por funcionarios del Banco Nacional de Bolivia (BNB) S.A.; al haber obtenido un crédito de esa entidad financiera, cuyas cuotas no pudo cubrir oportunamente; razón por la cual, le iniciaron un proceso ejecutivo; a fin de arreglar la situación y evitar que el inmueble sea rematado, se apersonó a las oficinas de la entidad bancaria referida donde se llegó a un acuerdo, pagando inicialmente los honorarios del abogado de esa institución y haciendo un pago de $us10 000.- (Diez mil dólares estadounidenses); suscribiendo al efecto, un documento de reprogramación de deuda y el Banco por su parte debía presentar desistimiento en el proceso ejecutivo a su favor.

Con esos antecedentes, resultando incomprensible la conducta delincuencial de Jorge Alberto Vargas Ríos y Gonzalo Adrián Blanco Subieta, funcionarios del BNB S.A.; presentó denuncia ante el Ministerio Público, contra éstos por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato pidiendo se inicie la correspondiente investigación; sin embargo, Rosario Esther Cuéllar Müller, Fiscal de Materia, sin comprender completamente la denuncia, ni haberse abierto investigación alguna, mediante Resolución 210/2010 de 23 de septiembre, decidió que no existía delito alguno y rechazó la denuncia sin tener un solo elemento de respaldo; ya que, no hubo investigación, negándole el derecho que tiene toda víctima a que se investigue el hecho denunciado; habiendo planteado la objeción que contempla el art. 305 del Código de Procedimiento Penal (CPP); siguiendo la misma línea de razonamiento, Betty Yañiquez Lozano, Fiscal de Distrito -ahora departamental-, mediante Resolución B.Y.L. R-108/10 de 15 de octubre de 2010, ratificó la resolución de rechazo de la denuncia afirmando que no hubo delito alguno en su contra y que existió una investigación penal seguida a su denuncia lo cual es falso.