Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2013-L
Fecha: 02-Abr-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia vulnerados sus derechos al debido proceso, a ser oído por autoridad competente, a ser escuchado antes de darse por concluido un proceso penal, a ser protegido oportuna y efectivamente; por cuanto, las fiscales demandadas, sin haber abierto investigación alguna, sin tener un solo elemento de respaldo rechazaron la denuncia realizada por su persona ante el Ministerio Público contra Jorge Alberto Vargas Ríos y Gonzalo Adrián Blanco Subieta, por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 8
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. La garantía y derecho del debido proceso y su contenido
- III.3. Fundamentación de las resoluciones fiscales
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR