SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0172/2013-L

Fecha: 02-Abr-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como copropietaria sucesoria del fundo denominado “La Tamborada”, interpuso ante el Tribunal Agrario Nacional una demanda contenciosa administrativa contra el “Presidente de la República de Bolivia” (sic) y la Ministra de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente, por violación de los arts. 170, 171 y 172 del Decreto Supremo (DS) 25763 de 5 de mayo de 2000, por no haber sido notificada con el inicio del proceso de saneamiento sustanciado sobre su propiedad, lo que no le permitió presentar la documentación e informes, ni formular recursos, por causa de una incorrecta y errónea publicación del edicto del proceso de saneamiento, siendo de conocimiento del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) la matrícula de Derechos Reales (DD.RR.) 3.01.1.01.0008826, en la cual se indica que existen otros copropietarios.

Por todo lo anotado, la representada del accionante demandó la nulidad de la Resolución Suprema (RS) 228641 de 2 de abril de 2008 y el trámite de saneamiento, hasta el vicio más antiguo. Pero la demanda contenciosa administrativa, fue declarada improbada por el Tribunal Agrario Nacional mediante Sentencia Agraria Nacional 060/2010 de 24 de noviembre.

La referida Sentencia Agraria, no se pronunció sobre el apersonamiento de Edith Anaya Ferrel de Schulmeyer al proceso contencioso administrativo ni hizo referencia a su petición de anulación de la RS 228641; asimismo, la misma fue dictada y firmada por el Vocal Luis Alberto Arratia Jiménez, no obstante que ya fue apartado del proceso contencioso administrativo por efecto de una recusación declarada legal.