Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2013-L
Fecha: 02-Abr-2013
II.1.
II.1. Acuerdo sobre transferencia de administración de bienes sucesorios y compromiso de rendición de cuentas suscrito el 29 de noviembre de 2005 entre María Cristina Valdivia Limpias Vda. de Gutiérrez, María Susana y María Cristina Gutiérrez Weise, en cuya cláusula segunda 2.4 se advierte el compromiso efectuado por la primera nombrada ante las otras coherederas a la rendición de cuentas documentadas, de la administración de bienes sucesorios correspondiente al periodo del 17 de marzo al 31 de diciembre de 2005, hasta el 15 de enero de 2006 (fs. 3 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- III.2. Requisitos de admisibilidad en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- 8. Petición”
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCANDO
- incumpliendo de esta manera la exigencia de señalar con precisión la tutela que se solicita, porque el Juez está obligado a conferir solamente lo que se pide.
- 2°
- 3°