SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0200/2013-L

Fecha: 08-Abr-2013

II.8.

II.8.    Cursan las siguientes documentales: i) Certificación del Municipio de Porongo, por el cual consta la conclusión del trámite de homologación de la Ordenanza Municipal (OM) 17/99 de 10 de septiembre de 1999, que aprobó la ampliación de los radios urbanos de “colinas de Urubo” (fs. 579 a 583); ii) Impuestos municipales pagados por las accionantes por las gestiones 2000-2004 del inmueble objeto de la litis (fs. 593 a 597); iii) Planos Municipales del predio de propiedad de los accionantes, certificaciones catastrales (fs. 599 a 600); iv) Resolución Suprema (RS) 229428 de 15 de agosto de 2008, que homologó la Ordenanza Municipal 033, comunidad colinas de Urubo (fs. 836 a 838); y, v) Certificación del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), que acredita la existencia de la RS 229428, por la cual los terrenos no son de competencia de la judicatura agraria (fs. 854).