SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0206/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
II.4.
II.4. Se tiene memorial de acusación particular, presentado el 27 de abril de 2010, efectuada por Gualberto Mercado Olmos contra Marcelino Mercado Zenteno y las representadas de los ahora accionantes: Martha Mercado Muriel y Teresa Mercado Muriel, por la comisión de delitos de despojo, alteración de linderos y perturbación de posesión ante la Juez de Sentencia de Turno en lo Penal de Quillacollo; solicitando se pronuncie sentencia condenatoria, imponiendo a los acusados la pena máxima de conformidad al art. 45 del Código Penal (CP), al existir concurso de delitos, la reclusión de los mismos en un centro de reclusión pública, costas, más el resarcimiento de daños y perjuicios; adjunto al mismo se tiene formulario de citaciones y notificaciones, Acta de audiencia de conciliación, de 10 de mayo de 2010, en el cual se da por precluida la instancia de conciliación, dada la inasistencia de la parte acusada, orden fiscal de citación a Marcelino Mercado Zenteno y fotocopias de tomas fotográficas de la notificación con la referida orden de citación (fs. 87 a 91).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegaron
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Naturaleza jurídica y alcance
- III.2. La valoración de la prueba en la jurisdicción constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR