Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2013-L
Fecha: 08-Abr-2013
II.6.
II.6. En el informe de 22 de noviembre de 2010, suscrito por el Secretario de Cámara de la Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional, indico que corrido en traslado a la parte contraria, el incidente de nulidad de obrados y la excepción de incompetencia, la misma no se pronunció hasta la fecha de elaboración de ese informe (fs. 39).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional, y su naturaleza
- III.2. La demanda contenciosa administrativa en materia agraria, plazos procesales
- Fragmento 12
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR