Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2013
Fecha: 03-Abr-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
En respuesta al interrogatorio del Juez de garantías, el representante del Centro Pedagógico “Amauta”, sostuvo que la tramitación de su RUE, comenzó el 23 de diciembre de 2011 y que los técnicos del SEDUCA, comisionados para la inspección y verificación del establecimiento escolar, se apersonaron al referido Centro, tres meses después de la iniciación, provocando de esta manera demora innecesaria, inspección que debió ejecutarse antes del inicio de clases, agregando que si bien existen problemas de documentación entre los propietarios de la Unidad Educativa, éstos están siendo solucionados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.4.
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. Derecho al trabajo
- III.2.1. Jurisprudencia
- III.3. Derecho a la educación
- III.4. El debido proceso en los procesos sancionatorios y el non bis in ídem administrativo
- III.4.1. Jurisprudencia
- III.5.2. En cuanto a los otros derechos invocados
- CONFIRMAR en parte