SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2013
Fecha: 09-Abr-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, denuncia que su representada se encuentra ilegalmente perseguida e indebidamente procesada y la vulneración de sus derechos a la libertad de locomoción, a la “seguridad jurídica” y al debido proceso; por cuanto, sin haber sido citada con requerimiento fiscal alguno, se presentó a prestar su declaración informativa. Empero, sin estar presente la representante del Ministerio Público, el funcionario policial asignado al caso, procedió a recibir la misma, sin leerle sus derechos aún cuando no le correspondía; inmediatamente después, fue privada de libertad, dado que se le notificó con un mandamiento y resolución de aprehensión en su contra. Por consiguiente, corresponde analizar, en revisión si tales extremos son evidentes y si constituyen actos lesivos a los derechos de la representada de la accionante a efectos de conceder o denegar la tutela reconocida por la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.3. Del control jurisdiccional
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR