SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0457/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0457/2013

Fecha: 09-Abr-2013

i)

Haciendo uso de la réplica manifestó: i) La representación que hace el tercero interesado, es tan “cantinflesca” (sic) como la Resolución de Vista objetada, la Resolución dictada por el Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial, en ningún momento manifestó que el Tribunal Arbitral fuera competente o que haya un convenio arbitral aplicable, lo que dispuso esa Resolución fue que el Tribunal Arbitral debe emitir nueva resolución en el fondo y en el segundo Laudo Arbitral no se resolvió la excepción de incompetencia; y, ii) Resulta falso de que se trate de una nueva acción planteada ante el Juzgado Doceavo de Partido en lo Civil y Comercial; el tercero interesado interpuso la ejecución forzosa de ese segundo Laudo Arbitral, siendo un auxilio judicial y un acto totalmente complementario, es ahí que se ha hecho constar que está pendiente la acción de amparo, la ley dispone que se puede rechazar la ejecución forzosa, si comprueba que se ha vulnerado el orden público y en ese contexto se ha presentado la oposición a la ejecución del Laudo Arbitral.