SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0486/2013

Fecha: 12-Abr-2013

1)

El Alcalde demandado por intermedio de sus abogados en audiencia (fs. 62 vta. a 63) informó que: 1) La acción debe ser rechazada ya que no existe en el proceso folio real original del inmueble motivo de la expropiación; 2) La cláusula 4 de la minuta de transferencia señala que el apoderado de la propietaria recibe el pago de precio a momento de suscribir el documento; 3) La propietaria -ahora representada- presentó un memorial a la Alcaldía solicitando la aprobación de plano, e indemnización por “atención” (sic) de lote de terreno, empero Jahel Rocabado Aracena para dicha aprobación debe ceder el 19% de su terreno; y, 4) Jahel Rocabado Aracena se da a la tarea de pedir a la Alcaldía que se le expropie los 1.056 m2, pretendiendo burlar obligaciones con el Municipio y por razones que se desconoce dicho proceso fue llevado acabo.

  REVOCAR Resolución de 14 de noviembre de 2012, cursante de fs. 64 a 66, pronunciadapor el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de Quillacollo del departamento de Cochabamba, y en consecuencia CONCEDER, la tutela solicitada debiéndose proceder al pago indemnizatorio por la expropiación, con costas.