SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0510/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0510/2013

Fecha: 19-Abr-2013

vii) Con relación a la falta de fundamentación de la Resolución emitida en el recurso de revocatoria.

Por último habiendo alegado el accionante, la falta de fundamentación, motivación de la Resolución pronunciada en el recurso de revocatoria, además de alegar que la misma no ha sido firmada por esta autoridad demandada, se evidencia que dicha Resolución expresa como fundamentos del fallo, que “el accionante, aportó como prueba una planilla de asistencia, sin los requisitos de los que se requiere para ser válidas”; empero, contradictoriamente menciona que no desvirtuó ni probó su asistencia de febrero, cuando se tiene de antecedentes y de la Resolución de inicio que la causa o motivo para el inicio del proceso sumario, es la no asistencia a su fuente de trabajo en enero.

De igual forma, dicha resolución menciona que “en ninguna de las actuaciones realizadas se vulneró las garantías descritas por el accionante…” y que “el accionante no acreditó su asistencia el mes de enero”. En este entendido dicha Resolución al confirmar la Resolución final 83, ha incurrido en las mismas omisiones y convalidando todas las vulneraciones alegadas por el accionante, consolidando su ilegal destitución, pese a la impugnación del accionante en su memorial de recurso de revocatoria.

Asimismo, dicha Resolución tampoco se pronunció con respecto a todos los agravios señalados en su memorial de interposición del recurso de revocatoria por el accionante, por lo que la Resolución 348/12, evidentemente carece de motivación y fundamentación, al no expresar de manera clara y congruente las razones de su decisión, extremo que no permitió al accionante, conocer cuáles las razones para la confirmación de la Resolución final, emitida en el proceso administrativo.