SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2013

Fecha: 19-Abr-2013

a)

Vania Milenka Muñoz Gamarra, Administradora de la Aduana Regional Cochabamba, por intermedio de su abogado en audiencia manifestó: a) Del análisis del Código Procesal Constitucional, advierte que el ahora accionante no tiene legitimación activa para interponer la presente acción de amparo constitucional; b) Dentro el proceso administrativo se estableció que el mismo seria el propietario de la mercadería comisada y el vehículo que transportaba dicha mercadería seria propiedad de Leocadio Larico Terán, habiéndose impuesto la multa al motorizado que nada tiene que ver con la mercadería y quien pagó dicha multa fue precisamente el propietario del camión, siendo éste el que tendría legitimación activa para pedir la repetición y no así el accionante; y, c) Si se vulneró sus derechos constitucionales debió impugnar ante autoridad competente y en la vía llamada por ley, lesionando el principio de subsidiariedad.