SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0525/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0525/2013

Fecha: 19-Abr-2013

denegando

Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 299/12 de 14 de diciembre de 2012, cursante de fs. 168 a 170 vta., denegando la tutela solicitada, por improcedencia, con los siguientes argumentos: i) El accionante no expuso la estricta relación de causalidad de los derechos acusados como restringidos con el petitorio de la causa, porque la relación de los hechos es obscura e incongruente; y, ii) Lo expuesto por el accionante en su demanda de amparo constitucional, no guarda coherencia con la causa de pedir, confundiendo al Tribunal como una instancia de casación, toda vez que en su petitorio solicita la nulidad de obrados que no corresponde al ámbito de protección que brinda la acción de amparo constitucional. Finaliza señalando que: “…la acción intentada si bien pudo merecer su rechazo antes de su admisión, sin embargo dado el informalismo, tampoco pudo ser subsanada durante el desarrollo de la audiencia, por lo que no corresponde ser acogida” (sic).