SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0310/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0310/2013-L

Fecha: 13-May-2013

b)

b) Respecto a la actuación de Lily Salazar Valverde, Jueza Técnica del Tribunal Tercero de Sentencia Penal, argumenta que no fue notificada con la designación en comisión de su colega y que al ser parte de un tribunal donde se halla ausente un Juez Técnico, determinó suspender la audiencia de consideración de fianza económica.

Adicionalmente se evidencia que la vulneración al principio de celeridad reconocido por el art. 178 de la CPE, y la línea jurisprudencial desarrollada en el Fundamento Jurídico III.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, por cuanto al no desarrollar la audiencia suspendiéndola para seis días después, denota una desatención y falta de celeridad en la tramitación de la causa, más aun cuando se trataba de una audiencia donde se iba a considerar la fianza económica fijada al privado de libertad que gozaba de cesación a la detención preventiva, acto procesal que no puede estar sujeta a dilación alguna al estar en juego la determinación de una fianza más económica o no para que logre efectivizar su libertad.