SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0310/2013-L
Fecha: 13-May-2013
III.5.1. Subsidiariedad de la acción de libertad
A través de la presente acción, se pide se conceda la acción de libertad en aplicación de la SC 994/2002-R, sin embargo de la revisión de los antecedentes acompañados y de lo expuesto en el memorial de demanda se advierte que existe un nuevo señalamiento de audiencia para la consideración de modificación de fianza económica con la que se efectivizara o no la libertad del accionante, por lo que con el fin de evitar que no haya determinaciones contradictorias que corresponde sean dilucidadas previamente por la jurisdicción ordinaria, no es posible ingresar al fondo de esta acción, tampoco conceder la tutela solicitada respecto a la libertad, menos aun verificar la aplicabilidad o no de la sentencia constitucional que observa la parte accionante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad"
- cumplimiento del principio de subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- Fragmento 14
- III.4. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad´”
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Subsidiariedad de la acción de libertad
- III.5.2. Dilación en la tramitación de la causa y el pronto despacho
- b)
- 2º CONCEDER