SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0357/2013-L

Fecha: 22-May-2013

1)

Amadeo Romeo Amorín Bohórquez, Director General Ejecutivo del SENASAG, en audiencia por intermedio de su abogado apoderado sostuvo el siguiente informe oral: 1) La SC “1276/2006-R” señala: “Si bien los arts. 61 de la Ley General del Trabajo, 2 y 3 de la Ley 975, que la mujer embarazada goza de inamovilidad en su puesto de trabajo, por el lapso de un año existen excepciones en la aplicación de esta norma, constituyéndose una de ellas la contratación eventual” (sic); 2) Los contratos son trimestrales, se la hizo descansar por tres días y nuevamente se la contrató por otros tres meses mientras dure el proyecto, no existe un petitorio claro y concreto, la inamovilidad laboral debiera cumplir con la idoneidad y capacidad en el trabajo, lo que no existió en la institución, se realizaron evaluaciones y la accionante reprobó las mismas por eso se requiere incorporar a personas que reúnan capacidad e idoneidad, las boletas de pago que presentó refieren el carácter eventual porque no existe partida presupuestaria aprobada, ni se cuenta con funcionarios que gocen de la carrera administrativa para ser acogidos a los beneficios; y, 3) Se hizo conocer el estado de embarazo acompañando carné perinatal y del Seguro Universal Materno Infaltil (SUMI), los cuales no están firmados; por lo tanto, no tienen ningún valor legal, no se presentaron exámenes de las consultas médicas ni de los análisis de laboratorio.