Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2013-L
Fecha: 23-May-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 09/011 de 16 de junio de 2011, cursante de fs. 117 vta., pronunciada por el Juez de Partido y de Sentencia Penal de Puerto Suarez, provincia Germán Busch del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, y en consecuencia: CONCEDER la tutela solicitada, bajo diferentes fundamentos, con relación al derecho a la propiedad, no así con relación a la seguridad jurídica al no ser éste un derecho sino un principio de la Constitución Política del Estado.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La acción de amparo constitucional ante las medidas de hecho, en relación con el derecho de propiedad
- III.3.
- CONFIRMAR