SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2013-L

Fecha: 23-May-2013

II.3.

II.3.  Consta certificado de tradición de DD.RR. de 29 de noviembre de 2010, franqueado a solicitud de la accionante como legítima interesada, en el cual, indica que se dotó a favor de Roberto Barbery Flores y Marlen Knaudt de Barbery, la propiedad denominada “Marlen” con una superficie de 1677 Ha. y 3794 m2, conforme a Resolución de 26 de enero de 1980, emitida por el Juez Agrario Móvil Primero de Santa Cruz, Auto de Vista de 3 de junio de 1982, aprobado por la Sala Primera del Consejo Nacional de Reforma Agraria en todas sus partes, ministrando posesión real y definitiva a los mismos, el 13 de agosto de 1987, cuya aclaración de superficie refiere 1571 ha. y 1794,43 m2, conforme testimonio judicial de procedimiento agrario de 5 de julio de 1989, actual matricula computarizada 7141010000582, asiento A; transfiriendo una parcela de dicho terreno, el 3 de agosto de 1993, con una superficie de 34 ha., a favor de Osvaldo Pereyra Rivero, bajo partida computarizada 010149079, quien juntamente a Mary Deysi Vaca Diez de Pereyra transfirieron su derecho propietario el 24 de octubre de 1997 a Rubén Darío Montero Pérez y Denice Parada de Montero, el cual fue registrado bajo partida computarizada 010307402, folio 0061163, actual matrícula computarizada 7141010003608, asiento A-1 (fs. 7 a 8).