SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2013-L
Fecha: 23-May-2013
II.5.
II.5. Mediante solicitud de cumplimiento de resolución de medidas cautelares de 24 de agosto de 2011, al Juez Tercero de Instrucción en lo Penal, la Fiscal de Materia -ahora demandada-, en mérito a la Resolución de 19 de igual mes y año, requirió se disponga que el imputado sea conducido al Penal de San Pedro de La Paz, conforme al Certificado Médico Forense que establece los rangos y valores con cifras de presión arterial dentro de los parámetros normales; ante la cual, por decreto de 24 del mes y año antes referido, el citado Juez dispuso -en base al mandamiento de detención previamente expedido- que el Director del Penal de San Pedro ejecute su cumplimiento, tomando las medidas de seguridad y recaudos de ley (fs. 19 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Situaciones excepcionales en las que a través de la acción de libertad, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática denunciada
- actividad procesal defectuosa,
- III.3.
- hasta que pueda ser dado de alta y trasladado al Penal de San Pedro,