Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2013
Fecha: 03-May-2013
II.1.
II.1. Por Auto de 25 de abril de 2012, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y a querella contra Zenón Sánchez Quispe y “otros”, el Juez codemandado declaró el abandono de la querella propuesta por Zulma Grandiller Pairo, Sabina Nina Copa de Pillco y Amalia Bozo Simón de Arias, por su incomparecencia a la audiencia conclusiva, concediendo tres días para apelar, a partir de su legal notificación (fs. 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- por cualquier otro recurso, del cual no se haya hecho uso oportuno”
- cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR