SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0538/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0538/2013

Fecha: 08-May-2013

I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional

Recibido el expediente el 5 de octubre de 2012, por la Unidad de Registro de Ingresos y Causas (fs. 143 vta.), la Comisión de Admisión de éste Tribunal Constitucional Plurinacional, por AC 0828/2012-CA de 31 de octubre (fs. 144 a 147), de acuerdo a la atribución conferida por el art. 54.I de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), revocó la Resolución de 9 de julio de 2012, cursante de fs. 140 a 141, pronunciada por el Juez de Partido de Sentencia Penal y Liquidador de Quillacollo, y admitió la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Cristina Flores Salvatierra y Raúl Quiroz Lazarte, disponiendo poner en conocimiento de Álvaro Marcelo García Linera, Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en su condición de personero legal del órgano que generó la norma impugnada, art. 54 inc.4) del CPP, modificado por el art. 393 quater de la Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal o en su defecto se declare la inconstitucionalidad del Título V de la referida Ley, a objeto de su apersonamiento y formulación de alegatos que considere necesarios en el plazo de quince días, comunicaciones cumplidas el 10 de diciembre de 2012, conforme informa el formulario de citaciones y notificaciones cursante a fs. 167.