SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0581/2013
Fecha: 21-May-2013
II.3.
II.3. Habiéndose interpuesto recurso jerárquico contra la RA 208/2012 de 28 de mayo, el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, por Resolución Municipal 122/2012 de 9 de noviembre, señala que: “…la ley Municipal es de preferente aplicación a la Ley de Procedimiento Administrativo, en cuyo mérito, debió tramitarse el Recurso Jerárquico de acuerdo al plazo establecido en el art. 141 de la mencionada Ley de Municipalidades, que dispone que el Recurso Jerárquico deberá ser presentado dentro los cinco días hábiles siguientes a la notificación con la Resolución; consecuentemente, el término fijado por Ley, fue incumplido por la recurrente al momento de la presentación del Recurso Jerárquico; siendo que la fecha que figura en el registro del Sistema de Trámites Municipales, corresponde al 11 de junio de 2012, siendo que la fecha límite para la presentación de su impugnación administrativa era hasta el 5 de junio de 2012” (sic), por lo que se desestimó el Recurso Jerárquico interpuesto por Casilda Quilo de Aguilar, propietaria de la actividad económica denominada “Peña Pub Kapital” (fs. 64 a 67).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- cabe señalar que dentro de los principios procesales configuradores del amparo constitucional, el constituyente resalta la inmediatez y subsidiariedad al señalar en el parágrafo I del art. 129 de la Constitución que esta acción '(…) se interpondrá siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados'”.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”
- “La Acción de Amparo Constitucional no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías suprimidos o amenazados de serlo”
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3. En cuanto a los recursos de impugnación en el ámbito administrativo municipal
- III.4. Análisis del caso concreto
- el recurso jerárquico fue interpuesto el 11 de junio de 2012
- CONFIRMAR