Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0583/2013
Fecha: 21-May-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la LTCP; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 04/2013 de 14 de enero, cursante de fs. 109 vta. a 112 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y, en consecuencia DENEGAR la tutela impetrada, con la aclaración que no se ingresó al análisis de fondo del problema jurídico planteado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- persona que se crea afectada
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- garantizar, los derechos de toda persona natural o jurídica
- cuyo objeto es el restablecimiento inmediato y efectivo de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados,
- III.4. Del objeto de la acción de amparo constitucional
- y ejercerá la acción penal pública…”
- promoverá de oficio la acción penal pública
- III.6. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR