Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0590/2013
Fecha: 21-May-2013
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 4 de enero de 2013, cursante de fs. 100 a 103, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Dámaso Javier Juárez Surco, Grover Rolando Rivas Chipana y Enrique Chipana Quisbert contra Víctor Ramiro Estrada Arciénega, Gerente General de la Cooperativa de Teléfonos Automáticos (COTEL) Ltda.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.Sobre la improcedencia en la acción de amparo constitucional
- cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- notificados los accionantes el 18 de mayo de 2012
- desde el 18 de mayo de 2012
- CONFIRMAR