Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0590/2013
Fecha: 21-May-2013
II.1.
II.1. El 12 de marzo de 2012, mediante Auto Inicial de Sumario Administrativo DJR 001/2012, se inició proceso sumario contra Enrique Chipana Quisbert, Dámaso Javier Juárez Surco y Grover Rolando Rivas Chipana por haber presuntamente vulnerado los arts. 9.9, 10 y 15; 94.1 y 2 del Reglamento Interno de COTEL Ltda., (fs. 1 a 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.Sobre la improcedencia en la acción de amparo constitucional
- cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- notificados los accionantes el 18 de mayo de 2012
- desde el 18 de mayo de 2012
- CONFIRMAR