SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0636/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0636/2013

Fecha: 28-May-2013

II.2.

II.2.  El Juez Segundo de Instrucción de Familia -hoy demandado-, a través de la providencia de 28 de diciembre de 2012, dispuso que se ponga en conocimiento del accionante la planilla de liquidación, para que en el término de tres días de su legal notificación, cancele u observe la suma de dinero liquidada, bajo alternativa de expedirse mandamiento de apremio en su contra, de conformidad al art. 436 del Código de Familia y art. 70 de la LAPCAF (Fs. 4 vta.).