SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2013

Fecha: 29-May-2013

I.1.1.Hechos que motivan la acción

La Fraternidad que representa, es reconocida nacional e internacionalmente, éxito fue que habría sido provechado por algunos dirigentes provocando división, dando lugar a que existan dos agrupaciones folklóricas con el mismo nombre. El 2011, dicha Fraternidad fue invitada al carnaval de Oruro por el que fuere entonces Presidente de la fraternidad de Oruro, pero debido a una mala organización terminaron entrando con cinco bandas, situación que fue objeto de sanción por la ACFO, sin embargo, con la intervención de los Comités Cívicos de Cochabamba, Oruro y de la propia ACFO; se llegó a acordar que la Fraternidad de Caporales, entrarían al Carnaval 2012, entre los denominados “novenantes”, aspecto que fue aceptado por sus directivos a fin de no causar más problemas al resto de los bailarines, concluida la entrada del carnaval referida, los dirigentes de la aludida Fraternidad realizaron todos los trámites para aclarar su situación.

Posteriormente, con el fin de participar en el Carnaval 2013, el Presidente de la Fraternidad que representa se reunió en reserva con Jacinto Leónidas Quispaya Sánchez, Presidente de la ACFO, quien al final les hubiese instruido que presentaran una carta pidiendo participar en el Carnaval nuevamente junto con los “novenantes”, empero, el 17 de octubre de 2012, se enteraron mediante oficio dirigido su Presidente, que el bloque “San Simón” de Oruro había sido intervenido y su nota de solicitud rechazada y por otra de la red UNITEL confirmaron que la Fraternidad Folklórica y Cultural Caporales Universitarios “San Simón Bolivia”, razón social que no correspondería a su institución, había sido intervenida por Jorge Arenas Loredo, que entrarían a horas 6:00, usarían un solo color y modelo de polera, y que los fraternos del interior debían inscribirse en Oruro, con la intención de saber los pormenores de la intervención trataron de reunirse con el interventor por dos días, pero al final se enteraron por un medio televisivo que nadie que no esté registrado en la ACFO, podría entrar al convite y menos a la entrada, con el fin de solucionar todo ello, el Presidente de la Fraternidad junto con su persona se reunieron en Oruro con el Presidente de la ACFO, indicándole que llegarían para este carnaval danzarines de “San Simón” de varias partes del mundo y el Presidente de la Hispanidad, pero el ahora demandado se habría molestado y les increpó que en su casa nadie le tenía que decir que hacer y al final se decidió que no iban a entrar.

Finalmente, indicó que se debe entender que por tradición les correspondería el puesto treinta y tres en la entrada, lugar al que se les debe restituir, ya que  cuentan con acta de fundación, personería y reconocimientos que avalan su idoneidad no existiendo causal alguna de restringir su participación que no sea la discriminación e intereses que no se ajustan al espíritu principal del carnaval que son la fe, la cultura y devoción.