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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2013

    Fecha: 29-May-2013

    otra en su nombre con poder suficiente”

    Por su parte, sobre la legitimación activa, el art. 52.1 del CPCo, determina que la acción de amparo constitucional podrá ser interpuesta por: “Toda persona natural o jurídica cuyos derechos estén siendo restringidos, suprimidos o amenazados, de serlo, directamente u otra en su nombre con poder suficiente” (las negrillas son nuestras).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1.Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • “sin lugar”
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 14
    • otra en su nombre con poder suficiente”
    • la obligación de acreditar la personería del accionante, lo que también
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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