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    AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2013-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2013-CA

    Fecha: 26-Jun-2013

    Fragmento 6

             Conforme lo expresa el art. 72 del CPCo: “Las Acciones de Inconstitucionalidad son de puro derecho y tienen por objeto declarar la inconstitucionalidad        de toda norma jurídica incluida en una Ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado…”.

    • Tribunal de Sentencia Penal de Padilla de la provincia Tomina del departamento de Chuquisaca
    • I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
    • a)
    • rechazó
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • Fragmento 6
    • II.3. La acción de inconstitucionalidad concreta será rechazada si la decisión no depende de la norma demandada de inconstitucionalidad
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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