Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0220/2013-CA
Fecha: 26-Jun-2013
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional, resuelve: RATIFICAR la Resolución de 8 de abril de 2013, cursante de fs. 38 a 39 vta., pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal de Padilla de la provincia de Tomina del departamento de Chuquisaca, que rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Juan Antonio Jesús Mendoza, Miguel Rodrigo Anzaldo Taboada, Iván Álvaro Ríos Escalier, Franz Quispe Fernandez, José Hugo Paniagua Arancibia, Juan Carlos Zambrana Daza y Cristhian Jaime Flores Vedia.
- Tribunal de Sentencia Penal de Padilla de la provincia Tomina del departamento de Chuquisaca
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Fragmento 6
- II.3. La acción de inconstitucionalidad concreta será rechazada si la decisión no depende de la norma demandada de inconstitucionalidad
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR