Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2013-L
Fecha: 03-Jun-2013
II.2.
II.2. Resolución Municipal 01/2010 de 30 de junio, en la que el Concejo Municipal de Calacoto, conforme la Directiva del mismo, quedando compuesto de la siguiente manera: René Colque Paredez, Presidente; Teófilo Sarzuri Paredes, Vicepresidente; Delia Sánchez Huanca de Maldonado, Concejal Secretaria; Eloy Alcón Quisbert, Vocal; y, Marina Apaza Chuquimia, Vocal (fs. 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- conceda
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la naturaleza jurídica de la acción de
- III.2.1. Sobre el principio de seguridad jurídica
- III.2.2. El derecho al trabajo
- III.2.3. El derecho al salario o a una remuneración justa
- III.2.4. El derecho a ejercer a la función pública
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR