SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2013-L

Fecha: 03-Jun-2013

III.2.3.   El derecho al salario o a una remuneración justa

En cuanto al derecho a una remuneración justa, la SC 0572/2010-R de 12 de julio, haciendo cita de las SSCC 1612/2003-R, 0062/2005-R y 0070/2005-R, señaló: “…consiste en la potestad o facultad que tiene toda persona de recibir una retribución o contraprestación adecuada conforme al trabajo desarrollado, es decir, un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor', aclarando que: `remuneración`, engloba a todos los emolumentos que percibe una persona, sea en su condición de trabajador activo o pasivo, como es el caso, pues -además- la renta de jubilación o vejez constituye un derecho que el trabajador ha adquirido por toda su vida de prestación de servicios”.