Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0448/2013-L
Fecha: 07-Jun-2013
II.2.
II.2. El 12 de mayo de 2010, la hoy accionante, se apersonó como tercera interesada y planteó oposición al desapoderamiento, incidente de nulidad en ejecución de sentencia y alternativamente, apeló “dicha sentencia”, es decir, la que resolvió el interdicto de Recobrar la posesión, solicitando se anule obrados hasta el vicio más antiguo (fs. 4 a 13 vta.), dicho memorial mereció la Resolución de 1 de octubre del citado año, rechazando la oposición al desapoderamiento, el incidente de nulidad y el recurso de apelación, por no haber sido parte del proceso, por otro lado, este último recurso resultó extemporáneo (fs. 92 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.2. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR