Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0489/2013-L
Fecha: 17-Jun-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante aduce que al no poder efectivizarse su detención domiciliaria con escolta, dispuesta mediante la Resolución 619/2011 de 7 de septiembre, por el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal, por escasez de personal policial, el 10 de septiembre de 2011, solicitó audiencia de modificación de medidas sustitutivas en relación a los custodios, audiencia que fue suspendida varias veces, la última por la Jueza, ahora demandada, en suplencia del Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, encontrándose aún privado de su libertad en celdas policiales.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- en caso de existir vulneración a la celeridad cuando esté relacionada a la libertad y devenga de dilaciones indebidas, que retardan o evitan resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad»'”
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.1. Dilación en la tramitación de la causa y el pronto despacho